El Juez Séptimo Penal con Función de Control de Garantías, impuso este jueves medida de detención preventiva en la cárcel Penitenciaría El Bosque de Barranquilla a Daniel José Osorno Márquez, alias ‘Pupileto’.
Osorno Márquez, deberá responder por el delito de hurto calificado y agravado, por hechos ocurridos en agosto de 2019 y febrero de 2020.
“Hurto calificado y agravado, pues con destreza logró ingresar y salir de la vivienda para cometer el ilícito”, aclaró el togado.
Indicó que la detención “preventiva es urgente y proporcional porque puede representar un peligro para la sociedad, un peligro para la víctima y un peligro, a futuro, para la misma comunidad”.
Sostuvo que los delitos que le imputa la Fiscalía General de la Nación, le dan para una pena que supera los cuatro años de presión y otros que superan los 12 años “porque ofende el patrimonio económico de las víctimas”.
El Juez para justificar su decisión hizo un pequeño dossier de cada una de las actuaciones cometida por alias “Pupileto” desde el 2017.
Recordó que el 24 de diciembre de 2017 se le hizo una legalización de captura por la imputación de cargo por hurto. “Se allanó a los cargos y no se le impuso medida”.
El 9 de mayo 2018 también le imputaron cargos por el mismo delito y se allanó a los cargos y esta vez se le dictó medida de aseguramiento de detención domiciliaria. “Por este hecho no ha sido sentenciado”.
Anotó que el 3 de septiembre de 2019 se le hizo una detención por fuga de preso. “Hizo un arreglo con la Fiscalía y se le impuso un mecanismo sustitutivo de la pena y le concedió detención domiciliaria”.
En el recuento que hizo el juez apuntó que el 2 de febrero de 2020 fue detenido después de cometer un acto ilícito y se identificó como Néstor José Puerta López, con cédula falsa. “Que al cotejar los peritos las huellas dactilares se comprobó que en realidad se trataba de Daniel José Osorno Márquez”.
Agregó que además en el momento de la detención tenía detención domiciliaria. “Todo esto nos indica un riesgo para la sociedad y que el señor Osorno Márquez no respeta las leyes. Por tal motivo la única medida idónea es la de detención intramural”.
El abogado de la defensa hizo una apelación, pero el representante de la Fiscalía y el mismo juez se mantuvieron en su decisión. Ante esto, el abogado de la defensa solicitó que la medida privativa de la libertad se diera en cualquiera de las cárceles del suroriental de Barranquilla, “porque en la cárcel Modelo, hay unas personas con las que mi defendido ha tenido inconveniencias y teme por su vida”.
Ante este pedido el Juez Séptimo Penal con Función de Control de Garantías, lo mandó a la cárcel Penitenciaría El Bosque de Barranquilla.